Marco Legal

Aquí encontrará todas las leyes, acuerdos y demás normativas correspondientes al tema del Comparendo Ambiental.

  1. Ley 1259 de 2008
  2. Decreto 3695 de 2009
  3. Acuerdo 0039 de 2009
  4. Resolución 0114 de 2010
  5. Ley 1466 de 2011

LEY 1259 DE 2008


Por medio de la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.

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DECRETO 3695 DE 2009


Entre los temas que se destacan de este decreto, está el de codificar de una manera clara las infracciones, para que la comunidad en general las conozca. Por lo tanto, a continuación se cita el artículo 2, que reza así:

ARTÍCULO SEGUNDO. Codificación de las infracciones. La codificación de las infracciones sobre aseo, limpieza y recolección de escombros será la siguiente:

01  Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la  empresa prestadora del servicio.
02
 No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos.
03  Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios no autorizados.
04  Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de a las lluvias sanitarias otras estructuras de servicios públicos, entre otros.
05  Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, bosques, entre otros ecosistemas y a fuentes de agua.
06  Extraer parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para los residuos sólidos, una vez presentados para su recolección, infringiendo las disposiciones sobre recuperación y aprovechamiento, previstas en el Decreto 1713 de 2002
07  Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos revistas en el Decreto 1713 de 2002.
08  Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros.
09
 Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.
10  Realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos por la normatividad vigente.
11  Instalar cajas de almacenamiento, unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de 2002.
12  Hacer limpieza de cualquier objeto en vías públicas, causando acumulación o esparcimiento de residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio público los residuos presentados por los usuarios ara la recolección.
13  Permitir la deposición de eses fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados, sin la recolección debida.
14  No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifica, comercializa y reciclan residuos sólidos.
15  Disponer desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente
16  No recoger los residuos sólidos o escombros en los horarios establecidos por la empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, en los términos del artículo 37 del Decreto 1713 de 2002.

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ACUERDO 0039 DE 2009


Por el cual se instaura y reglamenta en el territorio municipal de San José de Cúcuta, la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros y se concede una Autorización.

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RESOLUCIÓN 0114 DE 2010


Por la cual se delega en el Secretario de Despacho, Área Dirección Convivencia Ciudadana y en el Secretario de Despacho, Área Dirección Control Tránsito y Transporte, la competencia de aplicar la sanción por Comparendo Ambiental en el Municipio de San José de Cúcuta.

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LEY 1466 DE 2011


Por el cual se adicionan, el inciso 2do del artículo 1ro (objeto) y el inciso 2do del artículo 8vo, de la Ley 1259 del 19 de diciembre de 2008, “por medio de la cual se instauró en el territorio nacional la aplicación del Comparendo Ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y se dictan otras disposiciones».

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